Qué es la factura electrónica obligatoria y cuándo entra en vigor

La factura electrónica obligatoria es un documento fiscal emitido y recibido en formato digital que cumple con los requisitos establecidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) para garantizar su autenticidad, integridad y conservación. Debe contener todos los datos exigidos por la normativa tributaria española (como identificación del emisor y receptor, número consecutivo, fecha, base imponible, tipo de IVA, etc.) y debe estar firmada electrónicamente con un certificado digital válido.

Desde el 1 de enero de 2025, entra en vigor la obligatoriedad de emitir y recibir facturas electrónicas en formato Facturae (estándar nacional español) a través del sistema VEF (Vehículo Electrónico de Facturación), también conocido como Sistema de Interconexión de Facturas Electrónicas (SIF), para:

  • Todas las empresas y autónomos que facturen a la Administración Pública (incluyendo ayuntamientos, comunidades autónomas, organismos públicos, etc.).
  • Las empresas con facturación anual superior a 8 millones de euros, ya sea en operaciones con empresas o con Administración.
  • A partir del 1 de julio de 2025, se extiende la obligatoriedad a todas las empresas y autónomos que realicen operaciones con otras empresas, sin importar su volumen de facturación.

Además, desde el 1 de enero de 2026, será obligatorio para todos los contribuyentes (incluidos autónomos y pequeñas empresas) emitir y recibir facturas electrónicas en formato Facturae a través del SIF, sin excepciones.

La factura electrónica debe conservarse durante al menos cuatro años y estar disponible para su consulta por parte de Hacienda. Su emisión mediante plataformas no homologadas o el uso de formatos no estandarizados (como PDF sin firma válida) no cumplen con la normativa y pueden derivar en sanciones.

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