Qué es el modelo 036 y el 037 y cuándo se presentan
El modelo 036 y el modelo 037 son formularios que se utilizan en España para dar de alta, modificar o dar de baja a un contribuyente en los regímenes tributarios y sociales gestionados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
Ambos sirven para lo mismo: notificar a Hacienda el inicio de una actividad económica, cambios en los datos del contribuyente o su cese. La diferencia radica en la complejidad y el tipo de contribuyente:
- Modelo 037: Se utiliza cuando el contribuyente es un autónomo, una empresa o una entidad que no necesita cumplir con obligaciones tributarias complejas, como por ejemplo:
- No está sujeto a retenciones o ingresos a cuenta.
- No realiza operaciones intracomunitarias.
- No está inscrito en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI).
- No tiene obligación de presentar modelos periódicos como el 303, 347, 349, etc.
- Modelo 036: Se usa cuando el contribuyente requiere una alta más completa, por ejemplo:
- Está sujeto a retenciones o ingresos a cuenta.
- Realiza operaciones intracomunitarias (compras/ventas entre países de la UE).
- Está inscrito en el ROI.
- Debe presentar modelos periódicos como el IVA (303), el IRPF (130, 131), el modelo 347, 349, etc.
- Es una sociedad mercantil o tiene más de un establecimiento permanente.
¿Cuándo se presentan?
- Al inicio de la actividad: Debe presentarse antes del comienzo de la actividad económica. No hay plazo fijo, pero se recomienda hacerlo con al menos 10 días de antelación.
- Ante modificaciones: Cuando cambian datos como la denominación social, la dirección, el objeto social, el régimen tributario, o se da de alta/baja algún CNAE.
- Al cese de actividad: Para dar de baja en Hacienda. Se debe presentar dentro del mes siguiente al cese.
Ambos modelos se presentan de forma telemática a través de la sede electrónica de la AEAT, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. No se acepta en papel salvo excepciones muy específicas.
Importante: La presentación del modelo 036 o 037 es obligatoria para cualquier persona física o jurídica que inicie una actividad económica en España, ya sea como autónomo o como empresa.
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